Medida excepcional para mitigar las consecuencias del apagón
El fallo generalizado en el suministro eléctrico ocurrido el pasado día 28 de abril en todo el territorio peninsular ha tenido importantes consecuencias en el sector del transporte de mercancías y viajeros, cuya operatividad se vio seriamente afectada.
Las congestiones de tráfico, la falta de estaciones de servicio operativas, el desabastecimiento de ciertos productos para el comercio o la imposibilidad de comunicación han provocado que aumente el tiempo necesario para realizar los diferentes servicios.
Por todo ello, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha establecido una serie de excepciones que en el caso del transporte de mercancías son de aplicación desde el lunes 28 de abril hasta el domingo 4 de mayo, ambos incluidos. En concreto:
- Se amplía el límite diario de conducción de 9 horas a 11 horas.
- Se amplía el límite semanal de conducción de 56 a 60 horas.
- Se amplía el límite de conducción bisemanal de 90 a 96 horas.
- Se amplía el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
- Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 a 9 horas.
- Se ofrece la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso semanal normal; o la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis jornadas de 24 horas.
Para el caso de transporte de viajeros, las exenciones se aplican desde el lunes 28 de abril hasta el miércoles 30 de abril, ambos incluidos, con las siguientes medidas:
- Se amplía el límite diario de conducción de 9 horas a 11 horas.
- Se amplía el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
- Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 a 9 horas.