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PUBLICADO EN EL BOE LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS.

Hoy, 23 de julio de 2025, el Ministerio de Presidencia ha publicado la Orden Ministerial con la nueva normativa, queda modificado entre otros el apartado 2 del anexo IX del mencionado reglamento para incrementar la masa máxima autorizada hasta 44 toneladas en los vehículos articulados de 5 o más ejes y en los trenes de carretera compuestos por un vehículo de motor de 3 ejes con remolque de 2 o 3 ejes y se modifica también la longitud máxima permitida en el supuesto del transporte de barras metálicas o supuestos similares.

Desde el 24 de julio, se aumenta la altura máxima permitida de 4,50 metros para determinados tipos de transporte, concretamente el de paja, animales vivos y el suministro de proveedores a industrias situadas a menos de 50 kilómetros.

Lo relativo a las masas máximas por eje y masas máximas autorizadas entrará en vigor a los tres meses de la publicación de este boletín, excepto si se trata de vehículos cisterna cuya entrada en vigor será a los seis meses de la citada publicación.

Además de lo señalado, se llevan a cabo otros ajustes para hacer viables los nuevos límites de masas máximas permitidas que se pueden consultar en la siguiente página:

https://boe.es/boe/dias/2025/07/23/pdfs/BOE-A-2025-15231.pdf

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